DS 44 ¿Por qué tu empresa no puede ignorar el Artículo 16 sobre capacitación?

El Artículo 16 del DS-44 exige una capacitación obligatoria en prevención de riesgos laborales. Descubre cómo CINDER, OTEC certificada por SENCE, te ayuda a cumplirlo con innovación y tecnología inmersiva.

¿Qué exige el Artículo 16 del DS-44?

El Decreto Supremo N.º 44 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social establece que todas las empresas deben capacitar a su personal en seguridad y salud en el trabajo, mediante un curso de al menos 8 horas de duración, que combine teoría y práctica, y aborde los siguientes siete contenidos obligatorios:

  1. Factores de riesgo presentes en el lugar de trabajo.
  2. Efectos en la salud por exposición a dichos riesgos.
  3. Medidas preventivas y controles para evitar accidentes y enfermedades.
  4. Derechos y prestaciones médicas y económicas según la Ley N.º 16.744.
  5. Plan de gestión de emergencias, catástrofes o desastres.
  6. Señalética y señalización de seguridad.
  7. Prevención de incendios, incluyendo uso y manejo de extintores.

Estas capacitaciones deben realizarse dentro de la jornada laboral y utilizando metodologías activas que aseguren un aprendizaje efectivo y verificable mediante evaluación posterior.


¿Por qué es clave cumplir con el Artículo 16?

Cumplir con el Artículo 16 del DS-44 no solo evita sanciones de la Dirección del Trabajo o la Seremi de Salud, sino que además fortalece la cultura preventiva dentro de la organización.

Cuando las personas conocen los riesgos, comprenden los procedimientos y asumen responsabilidad sobre su seguridad, los accidentes disminuyen y la productividad aumenta.

El DS-44 también obliga a las empresas a mantener registros y evidencias de cada capacitación, incluyendo:

  • Listados de asistencia.
  • Temarios y contenidos abordados.
  • Evaluaciones aplicadas.
  • Fechas y horas de ejecución.

Estos documentos son exigibles durante fiscalizaciones, por lo que omitir  postergar de forma incorrecta la capacitación puede derivar en multas significativas y observaciones legales.


CINDER: aliado estratégico del cumplimiento DS-44 articulo 16, punto N°7

En CINDER Capacitación, OTEC certificada por SENCE, ayudamos a las empresas a cumplir con el Artículo 16 del DS-44 punto N°7, desarrollando capacitaciones certificadas que combinan teoría, práctica y tecnología inmersiva.

A través de simuladores inmersivos, nuestras soluciones permiten a las organizaciones formar a sus equipos sin detener la operación, garantizando un aprendizaje significativo.

Nuestros programas están diseñados bajo criterios de:

  • Enfoque de género y accesibilidad.
  • Metodologías activas que promueven la participación.
  • Evidencia verificable para auditorías y fiscalizaciones.

Con CINDER, las empresas elevan sus estándares de seguridad y cultura preventiva, transformando la capacitación en una inversión que genera resultados reales.


Cumplir también es prevenir

El DS-44 Artículo 16 representa una oportunidad para fortalecer la seguridad y el bienestar laboral.

En CINDER, convertimos esa obligación en una experiencia formativa valiosa, apoyada en innovación chilena, simuladores inmersivos y excelencia pedagógica.

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